Artículo45 Requisitos generales . 1. Para poder practicar la caza es preciso: a) Ser titular de una licencia de caza en vigor. b) Tener concertado un contrato de seguro de responsabilidad civil del cazador. c) Estar en posesión de un documento oficial de identificación. d) En caso de utilizar armas, poseer el correspondiente permiso así como
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licencia de caza de galicia